El 17 de Octubre 2019 | 17:27
La común práctica de comprar palomitas y bebida en las salas de cine es algo que cada vez se ve menos en nuestro país, puesto que los precios pueden llegar a ser algo elevados en ciertos municipios. Quizá por causa de esto, muchos usuarios optan por traer de fuera alimentos que disfrutar durante la proyección. Y esto es algo que no se puede prohibir en las salas de cine de nuestro país, cosa que en una sala de Badajoz han aprendido por las malas: con una multa.
Primera sanción en España
A pesar del reparo que pueda haber de llevar una bolsa con snacks o alguna bebida de fuera, los espectadores podemos llevar con nosotros cualquier tipo de alimento a las salas de cine de toda España, ya que ellos, al tener un bar con productos a la venta dentro, permiten que se pueda comer durante las proyecciones. La lucha de los establecimientos por prohibir este tráfico de comida lleva bastante tiempo en marcha, pero la ley no está dispuesta a que se salgan con la suya.
Y esto se ha saldado con la primera multa en España por prohibir la introducción de comida externa en unas salas de Zafra, en Badajoz. Esta incidencia llegó hasta el Instituto de Consumo de Extremadura, pero ahora se ha ratificado y este cine tendrá que pagar 3.000 euros de multa por aplicar una norma abusiva para los consumidores. El gobierno ya condenó hace unos años este tipo de prácticas, puesto que no pueden prohibir consumir cierto tipo de productos de fuera que sí están a la venta en el interior del local con el fin de obtener más beneficios.
Esto quiere decir que ningún empleado de una sala de cine puede registrar tus pertenencias en busca de comida y tampoco requisar aquello que sepa que viene del exterior.